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miércoles, 29 de octubre de 2008

110 VIVIENDAS CON PROTECCION PUBLICA concurso restringido

Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción Compra (VPPA OC)


TIPOLOGÍA:.

Uso característico: Residencial multifamiliar.

Tipología: Edificios exentos que no definen frentes edificados continuos de manzana. El ancho máximo de los bloques será de 25 metros. La longitud máxima de los bloques será de 50 metros.

Densidad: 110 viviendas con protección pública.

Edificabilidad máxima (definida en el PP): 7200 m2/m2

Ocupación: 50%
OBJETO DEL CONCURSO:
Se propone la ejecución de una promoción de 110 viviendas con protección pública para arrendamiento con opción de compra (VPPA – OC). En una parcela con grado de dificultad medio alto y con elevado interés compositivo ambiental.
La ordenanza de aplicación según el plan parcial que lo define y de acuerdo con el Plan General de Ordenación Urbana del municipio es la ORDENANZA DE BLOQUE ABIERTO (BA).


SE PRESENTAN 110 VIVIENDAS DISTRIBUIDAS EN CINCO BLOQUES ABIERTOS CON 22 VIVIENDAS POR BLOQUE, DE 1 Y 2 DORMITORIOS, CON UNA SUPERFICIE TOTAL CONSTRUIDA SOBRE RASANTE DE 7200 m2 AGOTANDO LA EDIFICABILIDAD MÁXIMA.

Vivienda con Protección Pública para Arrendamiento con Opción Compra (VPPA OC).
Salvo que el promotor sea el Instituto de la Vivienda de Madrid o que la promoción vaya a desarrollarse sobre suelo dotacional municipal o supramunicipal, en toda promoción de Viviendas con Protección Pública para arrendamiento, al menos, la mitad de las viviendas que la integran serán Viviendas con Protección Pública para jóvenes con opción de compra. Estas viviendas tendrán una superficie construida máxima de 70 metros cuadrados e irán destinadas a personas que en el momento de celebración del contrato de arrendamiento sean menores de treinta y cinco años con ingresos familiares que no excedan del límite que establezca la normativa reguladora del correspondiente Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid.



Respecto del resto de viviendas que integren la promoción, el promotor podrá optar por destinarlas al arrendamiento o bien al arrendamiento con opción de compra. En este último caso, las viviendas podrán tener la superficie máxima que permita la calificación urbanística del suelo con el límite de 150 metros cuadrados construidos, irán destinadas a personas con ingresos familiares que no excedan del límite que establezca la normativa reguladora del correspondiente Plan de Vivienda de la Comunidad de Madrid y, cuando tengan una superficie construida de entre 110 y 150 metros cuadrados, irán destinadas preferentemente a familias numerosas. Cuando en un mismo expediente de construcción coexistan Viviendas con Protección Pública para arrendamiento con Viviendas con Protección Pública para arrendamiento con opción de compra, éstas últimas deberán agruparse por edificios, o en su defecto, portales, de modo que estén separadas físicamente de las primeras.

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